CCOO del Hábitat | 14 diciembre 2024.

Un Juzgado de Gipuzkoa condena a Optima Facility Servicies a pagar 120.000€ por conducta antisindical

    El Juzgado nº 2 de lo Social de Gipuzkoa condena a la empresa de limpieza Optima Facility Servicies S.L. al abono de 40.000€ a cada sindicato; CCOO, UGT y ELA por vulnerar sus derechos sindicales

    26/11/2024.
    Un Juzgado de Gipuzkoa condena a Optima Facility Servicies a pagar 120.000€ por conducta antisindical

    Un Juzgado de Gipuzkoa condena a Optima Facility Servicies a pagar 120.000€ por conducta antisindical

    La empresa Optima Facility Servicies S.L. incumplió de forma reiterada el acuerdo subrogado con la empresa anterior y con la representación de las trabajadoras y los trabajadores de Limpieza de los centros hospitalarios de Gipuzkoa (Hospital Aránzazu, Hospital Donostia y Hospital Gipuzkoa).

    Tras denunciarse a la empresa por el incumplimiento de dicho acuerdo, se concilió judicialmente con avenencia entre los sindicatos con representación en el comité y la empresa condenada, por lo que era de obligado cumplimiento.

    La empresa modifico unilateralmente el acuerdo e hizo caso omiso de las quejas del comité y de los requerimientos de los sindicatos para cumplir lo firmado entre las partes.

    Ante la negativa de la empresa, los sindicatos CCOO, UGT y ELA interpusieron sendas demandas en el juzgado por la vulneración de derechos fundamentales derivada de la conducta antisindical de la empresa, ocasionando daños y perjuicios a los sindicatos con representación.

    La sentencia del Juzgado es demoledora, declara que:

    1) El incumplimiento por parte de Optima Facility Servicies S.L. del acuerdo conciliado en sede judicial es una conducta antisindical.

    2) Que la empresa tiene que cesar en su comportamiento antisindical.

    3) Se condena a la empresa a cumplir lo acordado.

    4) Se condena a la empresa Optima Facility Servicies S.L. a indemnizar a cada sindicato (CCOO, UGT y ELA) con 40.000 € por vulnerar su derecho de libertad sindical en su vertiente del derecho al conflicto colectivo como herramienta de liberta sindical.

    CCOO del Hábitat de Euskadi subraya que “con esta sentencia hacemos valer el sindicalismo, el compromiso en la defensa de los intereses da las trabajadoras y los trabajadores y es un aviso al resto de empresas para que se lo piensen antes de incumplir los acuerdos y convenios que se firman”.