CCOO del Hábitat | 16 febrero 2025.

La justicia reconoce la incapacidad permanente total a un trabajador al que el INSS se la denegaba

    Este caso por el que CCOO se movilizó hasta en dos ocasiones ante la sede del INSS en Donostia, fue denunciado por el sindicato como un maltrato al trabajador por parte de la Seguridad Social

    14/11/2024.
    La justicia reconoce la incapacidad permanente total a un trabajador al que el INSS se la denegaba

    La justicia reconoce la incapacidad permanente total a un trabajador al que el INSS se la denegaba

    El Juzgado de lo Social Nº1 de Donostia ha emitido en fechas recientes la sentencia 268/2024 por la que se reconoce la incapacidad permanente total del trabajador para la realización de su trabajo habitual.

    Este trabajador, pertenece a la empresa Aztertzen Servicios Asistenciales S.L. desde 1.997.

    La empresa se dedica al SAD (Servicio de Ayuda a Domicilio) de la tercera edad, con minusvalías o problemas de salud mental y de menores en riesgo de exclusión.

    Según la propia Aztertzen Servicios Asistenciales S.L. ha certificado, entre las tareas del trabajador está la ayuda a preparar comida, lavado de ropa, plancha, limpieza del hogar y de espacios comunitarios, hacer camas, aseo e higiene de las personas usuarias y apoyo a la movilidad dentro y fuera del hogar.

    El trabajador se encuentra afectado por el síndrome de forestier y por una espondiloartrosis severa con dolor crónico refractario a los tratamientos médicos, así como por escoliosis cervicodorsal y discopatías, protusiones discales y distintos grados de estenosis foraminal en diversas vértebras.

    Al tratarse todo este cuadro médico de enfermedades crónicas y progresivas, se origina un grave menoscabo funcional con grave limitación para los esfuerzos y la vida diaria, generándose incluso riesgo para las personas que tendría que atender durante su actividad laboral.

    El trabajador ha tenido que estar en tratamiento en la unidad el dolor, y según Osakidetza no es capaz de realizar esfuerzos ni actividades físicas debido a que padece rigidez axial en zona cervical, dorsal y lumbar.

    El examen de vigilancia de la salud llevado a cabo por el servicio de prevención concluyó que el trabajador no era apto para su trabajo al constatar que no podía permanecer de pie ni sentado y que al tumbarse en la camilla sufre espasmos tanto en extremidades superiores como inferiores.

    Pese a todo esto la Seguridad Social le ha denegado la incapacidad permanente en dos ocasiones.

    Esta entidad gestora ha considerado que estas patologías no limitan la capacidad laboral del trabajador y que éste, es capaz de realizar las tareas de su puesto de trabajo.

    Para denunciar lo que considera un caso claro de maltrato por parte de la Seguridad Social, CCOO se ha movilizó en dos ocasiones delante de la sede del INSS de Donostia, primero en octubre de 2023 y posteriormente en el entorno del 28 de abril, día internacional de la seguridad y la salud en el trabajo, de 2024.

    La sentencia recoge que la propia Guía de Valoración Profesional editada por el INSS refleja expresamente que en las tareas del sector de la Ayuda a Domicilio existe alta carga biomecánica en la columna cervical y dorsolumbar, alto manejo de cargas y alta exposición a bipedestación mecánica.

    A juicio de CCOO del Hábitat de Euskadi el hecho de que la Seguridad Social no respete ni sus propios criterios convierte este caso en un maltrato flagrante y escandaloso.

    CCOO del Hábitat de Euskadi exige a la Seguridad Social una valoración real del binomio conformado por lesiones y tareas, como viene recogido en la sentencia, a la hora de considerar la posibilidad de realizar el trabajo. Tal valoración no ha existido en el presente caso, lo que ha generado un gravísimo perjuicio al trabajador, susceptible de haber contribuido aún más al deterioro de su salud.