CCOO del Hábitat | 11 octubre 2024.

Recargo de prestaciones del 30% contra Altuna y Uria S.A. como empresa principal en el accidente laboral mortal ocurrido en Arrasate (Gipuzkoa)

    CCOO del Hábitat de Euskadi insiste en que la subcontratación abusiva en el sector de la Construcción mata personas y exige mayor control

    01/10/2024.
    Recargo de prestaciones del 30% contra Altuna y Uria S.A. como empresa principal en el accidente laboral mortal ocurrido en Arrasate (Gipuzkoa)

    Recargo de prestaciones del 30% contra Altuna y Uria S.A. como empresa principal en el accidente laboral mortal ocurrido en Arrasate (Gipuzkoa)

    La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa ha emitido un informe en el que se propone un recargo de prestaciones del 30% a pagar por la empresa constructora Altuna y Uria SA por no haber implantado medidas de seguridad en el caso del accidente laboral mortal acontecido en Arrasate el 26 de febrero del presente 2024.

    El accidente, que costó la vida a un trabajador, tuvo lugar en una obra promovida por el Ayuntamiento de Arrasate para la instalación de ascensores en la vía pública.

    La Inspección de Trabajo ha extendido actas de infracción por incumplimiento grave en materia de seguridad tanto contra Altuna y Uria S.A., contratista principal de la obra, como contra Proyectos y Obras Garci S.L., empresa subcontratada y radicada en Pontevedra a la que pertenecía el trabajador fallecido.

    El informe concluye que el accidente sobrevino cuando el trabajador quiso recuperar un cubo que había caído a una arqueta de la que estaba achicando agua y quedó atrapado en la misma y sumergido en el agua. La Inspección de Trabajo hace responsable a Altuna y Uria S.A. del siniestro por no adaptar el plan de seguridad de la obra a los riesgos reales de la actividad, debido a que “no se previó de manera suficiente las labores que se debían efectuar en las instalaciones a fin de garantizar el correcto mantenimiento de los ascensores, hasta la puesta en funcionamiento de las bombas de achique”, bombas que aún no estaban instaladas.

    Por su parte, el informe elaborado por Osalan concluye que el citado plan de seguridad y salud no contemplaba el riesgo que generó el accidente. No se consideró un procedimiento en el cual se definieran “trabajos y medidas de seguridad específicas para el mantenimiento del foso de los ascensores ni de las arquetas de impulsión en el periodo previo a la instalación de las bombas de achique”.

    Para Osalan tampoco queda acreditado que Altuna y Uria S.A. hubiesen proporcionado al trabajador fallecido formación e información sobre los riesgos de la obra, “algo que se considera muy importante para garantizar que el trabajador tenga claro las medidas preventivas a aplicar”.