CCOO del Hábitat | 26 abril 2024.

Firmado el convenio colectivo Estatal del sector de Desinfección, Desinsectación y Desratización

    El convenio tiene una vigencia de tres años (2021, 2022 y 2023) e incluye importantes avances en las materias económicas

    14/02/2022.
    Firmado el convenio colectivo Estatal del sector de Desinfección, Desinsectación y Desratización

    Firmado el convenio colectivo Estatal del sector de Desinfección, Desinsectación y Desratización

    Hoy, 14 de febrero, se ha firmado el acta final de acuerdos, con el que se pone punto y final a la negociación del convenio de Desinfección, Desinsectación y Desratización (DDD).

    Tras nueve meses de duras negociaciones se ha llegado a un convenio que entendemos que recoge avances relevantes. Entre ellos están los siguientes:

    • Incrementos salariales para las tablas del año 2021, los cuales generarán el derecho al cobro de atrasos para todas las personas trabajadoras a las que les resultan de aplicación las tablas del convenio. En particular se han producido incrementos mayores en las categorías más habituales en el sector: un 12,8% para el Ayudante de aplicador y el Auxiliar, un 6,5% para el Chofer Aplicador de 2ª, un 6% para el Chofer Aplicador de 1ª y un 4% para el resto de categorías.
    • Incremento salarial para la tabla del año 2022 por un importe de un 2,5% sobre las tablas ya incrementadas del 2021.
    • Incremento salarial para la tabla del año 2023 por un importe de un 2,5% sobre las tablas ya incrementadas del 2022.
    • Plus complemento servicios especiales fijado en 14,00 € para los tres años de vigencia del convenio, lo que representa un incremento de un 61%, al tiempo que se define lo que se considera servicio especial.
    • Incremento de un 4% para el año 2021, un 2,5% para el año 2022 y un 2,5% para el año 2023 del plus limpieza prendas de trabajo, plus de festivos, media dieta, dieta entera y pernoctación.
    • Actualización de los importes de las coberturas de las pólizas de seguros por incapacidad absoluta (+142 %) y muerte (+160 %).

    En el resto del convenio se produce la actualización del texto a las modificaciones legales operadas y la incorporación de un lenguaje más adecuado. Siendo en cualquier caso el más notorio la fijación del límite en 25 días al año de la posibilidad de que la empresa requiera la realización de una jornada diaria de hasta 10 horas, siempre con el respeto de los descansos legales y en el marco de la jornada máxima del convenio y la distribución irregular ya contenida en el convenio anterior.