CCOO del Hábitat | 19 abril 2024.

Reconocimiento del plus de peligrosidad y toxicidad en la conservación de carreteras del Bierzo

    El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León confirma la sentencia de instancia que reconoció a los trabajadores y trabajadoras de conservación de carreteras del Bierzo el derecho al plus de peligrosidad y toxicidad

    14/10/2021.
    Reconocimiento del plus de peligrosidad y toxicidad en la conservación de carreteras del Bierzo

    Reconocimiento del plus de peligrosidad y toxicidad en la conservación de carreteras del Bierzo

    El Juzgado de lo Social nº 2 de León dio la razón a los trabajadores y trabajadoras de conservación de carreteras que prestan servicios en una UTE de la comarca del Bierzo y les reconoció el derecho a percibir el plus de peligrosidad, penosidad o toxicidad del Convenio Colectivo de Edificación y Obras Públicas de León.

    Las empresas recurrieron la sentencia y ahora el TSJ de Castilla y León desestima ese recurso confirmando íntegramente la sentencia de instancia.

    Con ello por tanto se ratifica que los trabajadores y trabajadoras de conservación de carreteras llevan a cabo servicios en que tanto las labores como las condiciones en que éstas se realizan, justifican el derecho al plus de peligrosidad y con un incremento del 20% del salario base.

    El TSJ confirma todo lo resuelto por la magistrada de instancia que se apoyó y basó su decisión final en el informe de la Oficina Territorial de Trabajo, debido a que este organismo destaca por su objetividad e imparcialidad y lo considera por tanto como soporte suficiente para reconocer el derecho a percibir el plus. De dicho informe se desprende que estos trabajadores y trabajadoras realizan de forma habitual trabajos en los que asumen riesgos por atropello de vehículos y por exposición a productos y sustancias cancerígenas. Y ello con independencia de que haya mayor o menor siniestralidad en la contrata o que las sustancias cancerígenas no se utilicen de forma constante sino en determinadas épocas del año.

    Esta sentencia es un nuevo éxito para este colectivo largamente reivindicado y que se debe seguir exigiendo a las empresas o en últimas instancias en los tribunales, puesto que ya un TSJ nos ha dado la razón.