CCOO del Hábitat | 17 abril 2026.

La justicia condena a Eulen Seguridad a devolver los 300 euros de una multa que pagó uno de sus vigilantes a causa de su uniforme

    El chaleco reflectante que la empresa le proporcionó no tenía dónde colocar la placa identificativa, y el trabajador acabó sancionado

    08/04/2026.
    La justicia condena a Eulen Seguridad a devolver los 300 euros de una multa que pagó uno de sus vigilantes a causa de su uniforme

    La justicia condena a Eulen Seguridad a devolver los 300 euros de una multa que pagó uno de sus vigilantes a causa de su uniforme

    La justicia ha dado la razón a un vigilante de seguridad que tuvo que pagar 300 euros de multa después de que la Policía Nacional le requiriera para identificarse durante un servicio de refuerzo en el estadio José Zorrilla de Valladolid.

    El problema no fue que el trabajador se negase a identificarse, sino que la placa identificativa no se veía. Y no se veía porque la empresa para la que prestaba el servicio, Eulen Seguridad, le había proporcionado un chaleco reflectante de alta visibilidad en el que no existía un lugar adecuado para colocar la identificación de forma visible. Ante esa imposibilidad, el vigilante llevaba la placa en el polo que vestía debajo del chaleco, pero eso no fue suficiente para evitar que la Delegación del Gobierno le impusiera una sanción de 300 euros.

    El trabajador abonó la multa, pero consideró que no era responsable de lo ocurrido. Por eso acudió a los servicios jurídicos de CCOO y reclamó a Eulen Seguridad el reintegro de esa cantidad, argumentando que la causa real de la sanción había sido el incumplimiento de la empresa de su obligación de entregar una uniformidad adecuada e idónea. La justicia le ha dado la razón en una sentencia firme que ya no admite recurso. El tribunal ha precisado que no es obligación del trabajador disponer por sus propios medios de un sistema para colocar la placa, sino que es la empresa quien debe suministrar los medios idóneos. Al no hacerlo, Eulen actuó con culpa o negligencia y debe responder de los daños y perjuicios causados, que ascienden a esos 300 euros.

    CCOO del Hábitat de Castilla y León se ha felicitado por esta resolución, que resarce al trabajador por una actuación completamente ajena a su responsabilidad y que deja claro un principio fundamental: son las empresas las que tienen la obligación de dotar de una uniformidad idónea. El trabajador, según la sentencia, debe ser resarcido de forma inmediata.